ArtΓculo 101. El Estado y los municipios, en el Γ‘mbito de sus atribuciones y en su organizaciΓ³n interna, deberΓ‘n:
- Preservar, proteger y difundir el patrimonio documental del Estado
- Fomentar las actividades archivΓsticas sobre docencia, capacitaciΓ³n, investigaciΓ³n, publicaciones, restauraciΓ³n, digitalizaciΓ³n, reprografΓa y difusiΓ³n
- Impulsar acciones que permitan a la poblaciΓ³n en general conocer la actividad archivΓstica y sus beneficios sociales
- Promover la celebraciΓ³n de convenios y acuerdos en materia archivΓstica, con los sectores pΓΊblico, social, privado y acadΓ©mico